Paper Money of Sonora

.. by Simon Prendergast

  • Increase font size
  • Default font size
  • Decrease font size
Home Documents Carranza on private vales, 6 December 1913

Carranza gives deadline for withdrawing private vales, Hermosillo, 6 December 1913

Carranza gives deadline for withdrawing private vales, Hermosillo, 6 December 1913

CIRCULAR NUMERO 2

Esta Secretaría ha tenido conocimiento de que algunas instituciones bancarias como también negociaciones mercantiles nacionales y extrajeras ponen en circulación vales al portador, de pequeño valor, y como esta práctica está prohibida por el artículo 37 de la ley de Instituciones de Crédito y penado por el Código respectivo, se recomienda a Ud. ejerza la más estricta vigilancia a fin de que no sea burlada la ley, dándose como plaza hasta 31 del mes actual para que dichos vales sean pagados por los otorgantes a sus tenedores y quede amortizada la emisión, en la inteligencia que de no verificarlo se consignará a los infractores a la autoridad respectiva.

Lo comunico a usted para su conocimiento al fines consiguientes, sirviéndose hacer conocer esta disposición a las oficinas subalternas de su dependencia, advirtiéndose que ya se manda publicar en el órgano oficial de este Gobierno Constitucionalista.

Libertad y Constitución, Hermosillo, diciembre 6 de 1913. – Por el Secretario de Hacienda con autorización del Primer Jefe del E. C., C. M. Ezquero